Published online by Cambridge University Press: 05 May 2023
Para entender correctamente los datos que encontramos en los documentos sobre precios y pagos por aposentos del Corral de la Cruz, es esencial partir de un distinción fundamental, evidente a lo largo de este estudio, entre los aposentos que pertenecían al corral y estaban bajo el control de los arrendadores, por un lado, y los particulares, por otro. En principio, los primeros eran los frontales, situados en la casa del corral, y los segundos, los laterales, aunque, después de 1650, algunos de éstos correspondían también a los arrendadores.
Los aposentos que tocaban a la administración del corral se alquilaban por días, como cualquier otra localidad, de acuerdo con la tarifa establecida. En principio, el precio incluía el alquiler del aposento (y su entrada) y el derecho de ver la comedia. En cambio, como es lógico, los dueños de aposentos particulares disponían libremente de su propiedad y no tenían que pagar nada a los arrendadores de los corrales por el alquiler de sus propios aposentos; pero sí estaban obligados a abonarles sus «vistas». Durante la primera mitad del siglo XVII, solían hacerlo mediante un contrato de arrendamiento por años: es decir que los arrendadores arrendaban a los dueños o usuarios de los aposentos particulares, por una cantidad anual, el derecho de ver las comedias desde ellos. En el curso de este estudio, hemos visto varios ejemplos de esta práctica. Más adelante, en la segunda mitad del siglo XVII, se generalizó otro sistema, el de los «días de vistas»; en lugar de pagarles a los arrendadores de los corrales una cantidad de dinero por vistas, los propietarios de aposentos particulares se los cedían ciertos días, para que los alquilaran al público como los demás aposentos de la administración. Como veremos más abajo, los que tenían un aposento lo cedían la mitad de la semana y los que tenían varios solían ceder la mitad de ellos todos los días —algo menos en ciertos casos—, lo cual implica que se atribuía la mitad del valor del aposento al uso del propio espacio y su entrada, que pertenecían al dueño, y la otra mitad al derecho de ver las comedias, que pertenecía a la administración del corral.
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