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Actividades de protección y de asistencia del CICR en las situaciones que no abarca el derecho international humanitario
Published online by Cambridge University Press: 29 January 2010
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De manera episódica desde 1919 y sistemáticamente desde finales del decenio de los 60, el CICR ha procurado desplegar su acción humanitaria en circunstancias de disturbios y de tensiones interiores y, muy especialmente, proteger y asistir a las personas encarceladas en tales circunstancias, denominadas comúnmente «detenidos políticos».
La línea de conducta del CICR a este respecto fue presentada con motivo de la celebración de la XXIII Conferencia Internacional de la Cruz Roja (Bucarest, 1977), en el marco de un documento titulado «E1 CICR, la Liga y el Informe sobre la Reevaluación del Cometido de la Cruz Roja».
El presente documento es una actualización de la doctrina del CICR en la materia, que tiene en cuenta la evolución cuantitativa y cualitativa de su acción humanitaria en circunstancias que no está cubiertas por los Convenios de Ginebra de 1949, ni por sus Protocolos adicionales de 1977, pero en las que los problemas de índole humanitaria justifican la labor de un organismo independiente como el CICR.
- Type
- Disturbios y Tensiones Interiores
- Information
- Revista Internacional de la Cruz Roja , Volume 13 , Issue 85: Disturbios y Tensiones Interiores , February 1988 , pp. 9 - 37
- Copyright
- Copyright © International Committee of the Red Cross 1988
References
page 11 note 1 véase Revista Internacional de la Cruz Roja, de marzo-abril de 1978 a enero-febrero de 1979 y separata de estas reseñas, CICR, 1979Google Scholar.
page 12 note 2 Véase Protocolo II, art. 1, párr. 2.
page 12 note 3 Ibídem
page 13 note 4 Conferencia de expertos gubernamentales. Documentación presentada por el CICR, vol. V, Protección para las víctimas de los conflictos armados que no son internacionales, 1971, p. 80Google Scholar.
page 13 note 5 Véase Moreillon, Jacques, Le CICR et la Protection des détenus politiques, Lausanne, L'Age d'homme, 1973, 303 ppGoogle Scholar.
page 15 note 6 Véase Anexo I
page 15 note 7 Véanse entre otras:
— Comisión de Expertos para el Examen del Problema de la Asistencia a los Detenidos Políticos, Ginebra, junio de 1953, Publ. CICR, 1953, 9 pp.
— Comisión de especialistas encargada de examinar el problema relativo a la aplicación de los principios humanitarios en caso de disturbios interiores, Ginebra, octubre de 1955, Publ. CICR, 1955, 8 pp.
— Comisión de expertos encargada de examinar el problema de la asistencia a las víctimas de los conflictos internos, Ginebra, octubre de 1962, Publ. CICR, 12 pp.
page 17 note 8 Véase Anexo II.
page 23 note 9 Su política al respecto se hizo pública en la Revista International de la Cruz Roja, número de octubre de 1972, y se expuso más detalladamente en la XXIV Conferencia Internacional de la Cruz Roja (Manila, 1981), junto con comentarios sobre el cometido de las Sociedades Nacionales por lo que respecta a la toma de rehenes: Actitud de la Cruz Roja por lo que respecta a la toma de rehenes. Informe presentado por el CICR (CGO/3/1), Ginebra, agosto de 1981, 9 pp. Véase también Anexo IVGoogle Scholar.
page 24 note 10 En el Anexo IV figura un comentario sobre esta doctrina del CICR, tal como se presentó en la Conferencia de Manila.
Page 30 note 1 Manual de la Cruz Roja Internacional, Ginebra, Comité Internacional de la Cruz Roja, Liga de Sociedades de la Cruz Roja, X Edición, 1953, pp. 429–430Google Scholar.
Page 33 note 1 La expresión que se utiliza en el documento varía según las diferentes situaciones y los países.
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- Cited by