Hostname: page-component-78c5997874-g7gxr Total loading time: 0 Render date: 2024-11-14T17:50:35.983Z Has data issue: false hasContentIssue false

El enfoque de la Comisión y del Tribunal Europeos de Derechos Humanos sobre el derecho internacional humanitario

Published online by Cambridge University Press:  23 March 2011

Extract

Con toda seguridad, el creciente número de miembros del Consejo de Europa y el consiguiente aumento del número de Estados Partes en el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) plantearán desafíos adicionales al nuevo Tribunal Europeo de Derechos Humanos único, cuya sede permanente estará, a partir del 1 de noviembre de 1998, en Estrasburgo. Las hipótesis relativas al tipo de desafíos que deberá afrontar el nuevo Tribunal varían, pero conviene tener en cuenta la gran probabilidad de que aumente la cantidad de casos debidos a situaciones de conflicto que tal Tribunal deba dirimir.

Type
50° aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos: Derechos humanos y el derecho internacional humanitario
Copyright
Copyright © International Committee of the Red Cross 1998

Access options

Get access to the full version of this content by using one of the access options below. (Log in options will check for institutional or personal access. Content may require purchase if you do not have access.)

References

1 V. el Protocolo 11, que remplaza el actual sistema de dos órganos (Comisión y Tribunal) por un único Tribunal permanente.

2 Opinión parcialmente discrepante del juez Jambrek, Loizidou v. Turkey, sentencia del 18 de diciembre de 1996, European Human Rights Reports (EHRR), vol. 23, pp. 513 y 543. Dado el requisite de que los asuntos presentados a los órganos del Convenio deberán llegar en el plazo de seis meses a partir de la fecha de la resolutión interna definitiva (artículo 26 o artículo 35 enmendado por el Protocolo 11) o, si no hay resolutión efectiva, en un plazo de seis meses a partir de la fecha de la supuesta violación, es poco probable que el Tribunal de Estrasburgo tenga que conocer de hechos ocurridos en plenas hostilidades en alguno de esos lugares. En virtud del Anexo 6 de los Acuerdos de Dayton, el CEDH es aplicable en Bosnia-Herzegovina y está sujeto a la supervisión de la Comisión de Derechos Humanos para Bosnia-Herzegovina.

3 El debate acerca de la aplicabilidad del derecho relativo a los derechos humanos en el contexto de un conflicto armado ya ha sido ampliamente tratado en otras publicaciones. V., particularmente, D. Weissbrodt y P. L. Hicks, « Aplicación de los derechos humanos y del derecho humanitario en caso de conflicto armado », RICR, n° 116, marzo-abril de 1993, pp. 127 – 147, y L. Doswald-Beck y S. Vite, « E1 derecho internacional humanitario y el derecho de los derechos humanos », ibid., pp. 99 – 126; F.J. Hampson, « Human rights and humanitarian law in internal conflicts », en M. Meyer (ed.), Armed conflict and the new law, Londres, 1989, p. 55; G.I.A.D. Draper, « The relationship between the human rights regime and the law of armed conflicts », Revue de droit pénal militaire et de droit de la guerre, vol. XV, 1976, p. 394.

4 Cyprus v.Turkey, 6780/74 y 6950/75 (primera y segunda demandas), 2 D & R 125, pp. 136 – 137 (1975). Un Estado Parte puede comprometer su responsabilidad mediante acciones y omisiones de sus autoridades que surtan efectos fuera del territorio nacional. V.X & Y & Z v. Switzerland, 7289/75 & 7349/76, 9 D & R 57 (1977); Drozd and Janousek v. France and Spain, ECtHR Series A240, p. 29, párr. 91. La demanda n° 31821/96, presentada ante la Comisión, contiene acusaciones de ejecuciones ilícitas perpetradas por las fuerzas armadas de la República de Turquía en el transcurso de una operatión en el norte de Irak. En virtud del CEDH, las víctimas de los actos cometidos por tropas belgas e italianas en Somalia también podrían haber presentado sendas denuncias contra el Estado correspondiente por las vioiaciones cometidas en el transcurso de las operaciones de las NU en Somalia.

5 Cyprus v. Turkey, ibíd.; Loizidou v. Cyprus, ( « preliminary objections »), ECtHR Series A 310, párr. 62 (1995), y Loizidou v. Cyprus («merits»), sentencia del ECtHR del 18 de diciembre de 1996, párr. 52, reimpreso en EHRR, Vol. 23, p. 513; más recientemente, Cyprus v. Turkey 25781/94 (cuarta demanda), 86 D & R 104 (1996).

6 Hasta la fecha, no ha habido derogación alguna en tiempo de guerra, aunque Grecia, Irlanda, Turquía y el Reino Unido han tratado de proclamar situaciones de peligro público. Acerca del artículo 15 en general, Dijk, V. P. van y Hoof, G.J.H. Van, Theory and practice of the European Convention on Human Rights, 2nd ed., Kluwer, 1990, pp. 548560Google Scholar; Harris, D.J., O'Boyle, M. yWarbrick, C., Law of the European Convention on Human Rights, Butterworths, 1995, pp. 489507.Google Scholar

7 P. van Dijk y G.J.H. Van Hoof, ibíd. p. 555. D.J. Harris, M. O'Boyle y C. Warbrick, ibíd., p. 502: «The obvious sources of treaty obligations are the International Covenant on Civil and Political Rights and the Geneva Red Cross Conventions». J. Pinheiro Farinha, «L'article 15 de la Convention» en Matscher and Petzold (eds.), Protecting Human Rights: The European Dimension, Studies in honour of Gerard J. Wiarda, Carl Heymanns Verlag KG, 1989, pp. 521–529: «La solidarité internationale impose que les engagements des états soient toujours respectés — engagements découlant des traités, coutumes internationales ou de principes généraux de droit international. Parmi les engagements qui doivent être observés, même en cas de guerre, nous soulignerons ceux que le droit humanitaire (Conventions de Genève et de La Haye) établit.» — Todos los Estados Partes en el Convenio Europeo lo son también en los Convenios de Ginebra de 1949.

8 Lawless v. Ireland, ECtHR Series A 3, párrs. 40 – 41. En el caso Ireland v. United Kingdom, el Gobierno irlandés planteó la cuestión de la compatibilidad de la legislatión británica en Irlanda del Norte con los Convenios de Ginebra. V. Harris, O'Boyle y Warbrick, más arriba (nota 6), p. 502, nota a pie de página 4. Sin embargo, en ese caso particular, el Tribunal sólo consideró que, en los datos presentados ante él, no había indicio alguno que indicara que el Reino Unido no cumplía sus obligaciones. Concretamente, el Gobiemo irlandés nunca facilitó a la Comisión o al Tribunal detalles precisos sobre la reclamatión formulada en relatión con tales obligaciones. V. Ireland v. UK, ECtHR Series A 25, párr. 222. En los párrs. 67 – 73 de Brannigan and McBride v, UK, ECtHR Series A 258-B, 26 May 1993, los demandantes alegaron que la derogaión violaba el artículo 4 del Convenio Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en el que el Reino Unido también era Parte.

9 La Comisión considera que un Estado no puede aplicar el artículo 15 si no ha proclamado, formal y públicamente, el estado de excepción. V. Cyprus v. Turkey, Report of the Commission, 4 EHRR 482 y 556, párr. 528.

10 Los artículos 17 y 18 también atañen a las medidas restrictivas tendentes a limitar o anular determinados derechos.

11 Las únicas reclamaciones relativas a un conflicto armado internacional fueron las formuladas en relatión con la invasión de Chipre por Turquía, en 1974. Entre las reclamaciones procedentes de regiones en estado de excepción, cabe destacar las formuladas por Irlanda del Norte y el sudeste de Turquía.

12 Es decir, que la situación no era de actos de violencia aislados y esporádicos. Por ejemplo, el RU nunca ha aceptado la aplicabilidad del artículo 3 común o el Protocolo II a Irlanda del Norte. Hampson, V. F., «Using international human rights machinery to enforce the international law of armed conflicts», Revue de droit pénal militaire et de droit de la guerre, vol. XXXI, 1992, pp. 117Google Scholar y 127.

13 Cyprus v. Turkey, V. már arriba (nota 9).

14 Defendiendo un enfoque global de las cuestiones jurisdiccionales abordadas en los casos relativos al norte de Chipre, el juez Pettiti declaró que «la evaluación completa de la situación… posibilitaría la revisión de los criterios en los que las NU se basaron para analizar las cuestiones del reconocimiento de Chipre como Estado, por un lado, y de la aplicación de la Carta de las NU (ocupación, anexión, aplicación territorial de los Convenios de Ginebra en el norte de Chipre, evolutión de las relaciones internacionales), por otro». Véase Loizidou v. Turkey (preliminary objections), 23 March 1995, ECtHR Series A 310.

15 Además de las reclamaciones relativas a la libertad de expresión, hay, cuando se escribe el presente artículo, nueve sentencias del Tribunal en las que las violaciones alegadas atañen al estado de sitio en el sudeste de Turquía: Akdivar and others v. Turkey, sentencia del 18 de septiembre de 1996, 23 EHRR 143, y Aksoy v. Turkey, sentencia del 18 de diciembre de 1996, 23 EHRR 553, ambas en Reports of Judgments and Decisions, 1996-IV; Aydin v. Turkey, sentencia del 25 de septiembre de 1997, 25 EHRR 251, y Mentes v. Turkey, sentencia del 28 de noviembre de 1997, ambas en Reports of Judgments and Decisions, 1997-IV; Kaya v. Turkey, sentencia del 19 de febrero de 1998; Selcuk and Asker v. Turkey, sentencia del 24 de abril de 1998; Gundem v. Turkey, sentencia del 25 de mayo de 1998; Kurt v. Turkey, sentencia del 25 de mayo de 1998, y Tekin v. Turkey, sentencia del 9 de junio de 1998, que serán publicadas en Reports of Judgments and Decisions, 1998.

16 Mentes, párr. 12, Aydin, párr. 14, elcuk and Asker, párr. 9: V. más arriba (nota 15).

17 Akdivar, párrs. 13–14, Aksoy, párrs. 8–9, Gundem, párr. 9: V. más arriba, (nota 15).

18 Turquía no ha ratificado el Protocolo adicional II (relativo a los conflictos armados no intemacionales).

19 En relatión con el concepto de margen de apreciación, V. W.J. Ganshof van der Meersch, «Le caractère «autonome» des termes et la «marge d'appréciation» des gouvernements dans l'interpretation de la Convention européenne des Droits de l'homme», en Matscher and Petzold (eds.), V. más arriba (nota 7), pp. 201–220; Mahoney, P., «Judicial activism and judicial self-restraint in the European Court of Human Rights: Two sides of the same coin», Human Rights Law Journal, vol. II, 1990, p. 5788.Google Scholar

20 Incumbe, en primer lugar, a cada Estado Contratante, responsable de la vida de sus ciudadanos, determinar si la vida de éstos está amenazada por un peligro público y, si tal es el caso, decidir hasta dónde es necesario llegar para que cese esa situación de peligro. Habida cuenta de su contacto directo y continuo con las necesidades acuciantes del momento, las autoridades nacionales están, en principio, más calificadas que el juez internacional para determinar tanto la existencia de tal situación de peligro como la índole y el alcance de las derogaciones necesarias para que ésta no se prolongue. A este respecto, en el artículo 15(1) se deja a las autoridades un amplio margen de apreciación. Ireland v. UK, ECtHR Series A 25, párr. 207 (1978).

21 Denmark, Norway, Sweden and the Netherlands v. Greece, Report of the Commission of 5 November 1969, Yearbook, vol. 12, 1969, p. 113, párr. 229.

22 Cyprus v. Turkey, V. más arriva (nota 9).

23 F. Hampson, V. más arriba (nota 12), pp. 125 y 6.

24 Se considera que el mayor desacierto de la Comisión y el Tribunal a este respecto es el caso Brannigan and McBride v. UK, ECtHR Series A 258-B (1993). V. la opinión discrepante del juez Makarczyk.

25 Abella v. Argentina, 18 de noviembre de 1997, I-AmCHR, Report 55/97, Case 11, p. 137, párr. 149.

26 La República de Chipre ha presentado cuatro casos interestatales contra Turquía, relacionados con la situatión del norte de Chipre: Demandas nos 6780/74, 6950/75, 8007/77 y 25781/94. También se han presentado casos individuates ante la Comisión y el Tribunal, que ya han sido vistos o están pendientes de vista. De éstos, el primero fue Loizidou, V. más arriba (nota 5). En el más reciente de esos casos interestatales (n° 25781/94, 86 D & R 104) y en los casos individuales, no parece que se haya presentado ante la Comisión alegación alguna en téiminos de derecho humanitario.

27 V. más arriba (nota 9), párrs. 208–211.

28 Ibíd., párr. 486.

29 Ibíd.

30 Cyprus v. Turkey, Application n° 8007/77, Report of 4 October 1983, Resolution DH (92) 12, 2 de abril de 1992, reimpreso en 5 EHRR 509.

31 Ibíd, p. 557.

32 Ibíd, pp. 557 y 558.

33 Akdivar and others v. Turkey, Mentes and others v. Turkey, Selcuk and Asker v. Turkey — V. más arriba (nota 15).

34 En carta fechada el 6 de agosto de 1990 dirigida al secretario general del Consejo de Europa, Turquía derogó los artículos 5, 6, 8, 10, 11 y 13 del Convenio. En una carta fechada el 5 de mayo de 1992, Turquía informó al secretario general que la derogación continuaba vigente respecto del artículo 5.

35 Akdivar, párrs. 83–87; Mentes, párrs. 70–73; Selcuk and Asker, párrs. 83–87 - V. más arriba (nota 15). Como en el caso Mentes and others, los demandantes sólo habían invocado el artículo 8, por lo que no se declaró violación alguna del artículo 1 del Protocolo 1.

36 En la vista oral ante el Tribunal, los demandantes alegaron que los actos de las fuerzas de seguridad violaban el derecho humanitario. V. Selcuk and Asker, Verbatim Record of the hearing, 26 de enero de 1998.

37 Sentencia del 24 de abril de 1998, párrs. 77 y 78.

38 Ibíd., párr. 79.

39 Ibíd., párr 75.

40 Por ejemplo, los artículos 32, 33 y 49 del IV Convenio de Ginebra; el artículo 51 del Protocolo adicional I; el artículo 3 común a los cuatro Convenios de Ginebra; los artículos 13 y 17 del Protocolo adicional II.

41 V. más arriba (nota 37), parrs. 97 y 98.

42 Ibíd., párr. 96.

43 Véanse los artículos 49 y 50 del I Convenio de Ginebra; artículos 50 y 51 del II Convenio de Ginebra; artículos 129 y 130 del III Convenio de Ginebra; artículos 146 y 147 del IV Convenio de Ginebra; artículos 85 y 86 del Protocolo adicional I. Acerca de la obligación de enjuiciar a los responsables de violaciones del derecho de los conflictos armados, V. T. Graditzky, «La responsabilidad penal por violaciónes del derecho internacional humanitario aplicable en conflicto armado no internacional», RICR, n° 145, marzo de 1998, pp. 31–61; W. G. Sharp, Sr., «International obligations to search for and arrest war criminals: government failure in the former Yugoslavia?», Duke Journal of Comparative and International Law, Vol. 7, 1997, p. 411; D. Plattner, «La represión penal de las violaciones del derecho internacional humanitario aplicable en los conflictos armados no internacionales», RICR, n° 101, septiembre-octubre de 1990, pp. 439–451.

44 Esto se debe a que las disposiciones contenidas en los artículos 2 y 3 no son derogables. Pero ello no significa, empero, que al determinar si una acción o una omisión particular ha violado uno de esos artículos, no deban tenerse en cuenta las circunstancias concretas -tiempo de paz, estado de exceptión o guerra- para decidir si la gravedad de tal acción u omisión justifica la aplicación de uno de esos dos artículos. Tal podría ser el caso de ciertas condiciones de detención, pero hay menos posibilidad de flexibilidad cuando se trata de determinar si las obligaciones firmes sobre la defensa del derecho a la vida varían, con respecto a las personas detenidas, según sea tiempo de guerra o de paz. En el derecho internacional humanitario, particularmente el III Convenio de Ginebra, se estipula protección específica contra toda medida que amenace la vida de una persona detenida.

45 V. el Convenio Europeo para la Prevenión de la Tortura y Otros Tratos o Penas Inhumanos o Degradantes, de 1987.

46 Ibíd., art. 17(3).

47 Cyprus v. Turkey, V. más arriba (nota 9), párr. 313.

48 Ibíd.

49 Ibíd., p. 564, párr. 7.

50 En el caso Aydin v. Turkey, V. más arriba (nota 15), el Tribunal consideró que la violación sufrida por la demandante detenida era un acto de tortura (párr. 86), conclusión que repercute en el enjuiciamiento de las personas acusadas de crímenes de guerra o de infringir la legislación de los conflictos armados.

51 V. más arriba (nota 49), p. 565, párr. 2.

52 Askoy v. Turkey, V. más arriba (nota 15), Commission Report of 23 October 1995 and judgment of 18 December 1996. Acerca de la derogación, V. nota 34.

53 V. el Informe de la Comisión (Commission Report), párr. 182 y la sentencia del Tribunal (Court Judgment), párr. 78. Tanto la Comisión como el Tribunal ya habían confirmado que Zeki Aksoy, sometido a tratos como la horca palestina, había sido torturado, en violación del Convenio. V. el Informe de la Comisión, párr. 169 y la sentencia del Tribunal, párr. 64. En el caso, más reciente, Kurt v. Turkey, sentencia del 25 de mayo de 1998, relativo a una desaparición, el Tribunal declaró que una intervención judicial a tiempo contribuye a detectar y evitar las medidas que ponen en peligro la vida, así como los malos tratos graves que violan las garantías fundamentals contenidas en los artículos 2 y 3 del Convenio (párr. 123).

54 Kurt v. Turkey, V. más arriba (nota 53), párr. 125.

55 Por ejemplo, Akdeniz and others v. Turkey, Demanda n° 23954/94, Decisión de admisibilidad del 3 de abril de 1995; Cakici v. Turkey, Demanda n° 23657/94, Decisión de admisibilidad del 15 de mayo de 1995; Timurtas v. Turkey, Demanda n° 23531, Decisión de admisibilidad del 11 de septiembre de 1995; Tas v. Turkey, Decisión de admisibilidad del 14 de marzo de 1996.

56 Gulec v. Turkey, n° 21593/93, Decisión de admisibilidad del 30 de agosto de 1994, Informe de la Comisión (Commission Report) del 17 de abril de 1997; Cagirge v. Turkey, n° 21895, Decisión de admisibilidad del 19 de octubre de 1994, Informe de la Comisión de julio de 1995, 82 D & R 20; Isiyok v. Turkey, n° 22309/93, Decisión de admisibilidad del 3 de abril de 1995, Informe de la Comisión del 31 de octubre de 1997; Ergi v. Turkey, n° 23818/94, Decisión de admisibilidad del 2 de marzo de 1995, 80 D & R 157, Informe de la Comisión del 20 de mayo de 1997.

57 McCann and others v. UK, ECtHR Series A 324, párr. 194. Desde entonces, la Comisión y el Tribunal han empleado este test en varios casos, por ejemplo, Andronicou and Constantinou v. Cyprus, n° 25052/94, sentencia del 9 de octubre de 1997, 25 EHRR 491, párrr. 171.

58 La muerte no se considera infligida con infracción del artículo 2 cuando se produce como consecuencia de un recurso a la fuerza que sea absolutamente necesario en defensa de una persona contra una agresión ilegítima, o para detener a una persona de conformidad con el dereho o para impedir la evasión de un prisionero o detenido legalmente, o para reprimir, en virtud de la ley, una revuelta o insurrección.

59 Cagirge, V. más arriba (nota 56).

60 Isiyok, V. más arriba (nota 56).

61 Ergi v. Turkey, V. más arriba (nota 56). Informe de la Comisión, párrs. 145–149.

62 Ibíd, párr. 145.

63 Ibíd., pp. 145 y 149. El demandante también alegó que las normas de reclutamiento e instrucción de las fuerzas armadas violaban el artículo 2 (párr. 140), pero la Comisión no abordó esta cuestión. La misma alegación fue presentada ante el Tribunal (V. el informe textual, Verbatim Record) de la audiencia del 21 de abril de 1998, p. 17).

64 Sentencia del 28 de julio de 1998 (no publicada aún), párr. 79.

65 Las muertes lícitas e ilícitas en los conflictos internacionales y no internacionales han sido clasificadas de manera muy práctica por F. Hampson, V. más arriba (nota 12), pp. 128–130. Fundamentalmente, el autor distingue dos criterios para determinar la ilicitud de una muerte: (a) lo lícito del objetivo militar, y (b) lo indiscriminado del ataque, de las armas empleadas o de la forma en que éstas fueron usadas (loc. cit., p. 128).

66 Gulec v. Turkey, V. más arriba (nota 56), párrs. 235–236. Oído por el Tribunal el 25 de marzo de 1998.

67 V. más arriba (n. 65).

68 V. más arriba (n. 66), párr. 235.

69 Ibíd.

70 Kayav. Turkey, sentencia del 19 de febrero de 1998, párr. 91. El Tribunal reiteró su jurisprudencia en el caso Ergi, V. más arriba (nota 64), párr. 85 y 98.

71 Ibíd., párr. 107

72 Aksoy, párr. 98; Aydin, párr. 103; Tekin, párr. 66 — V. más arriba (nota 15).

73 Kurt, párr. 140, ibíd.

74 Mentes, párr. 81; Selcuk and Asker v. Turkey, párr. 96 — ibíd.