No CrossRef data available.
Article contents
Universalización del derecho internacional humanitario: la contribución del CICR
Published online by Cambridge University Press: 29 January 2010
Extract
En su Declaracién Final del 1 de septiembre de 1993, la Conferencia Intemacional para la Protección de las Víctimas de la Guerra solicita, especialmente, a todos los Estados que no escatimen esfuerzo alguno para:
«Examinar o reexaminar, a fin de promover la universalidad del derecho internacional humanitario, la posibilidad de ser Partes o, si procede, de confirmar su sucesión, a los pertinentes instrumentos jurídicos subsiguientes a los Convenios de Ginebra de 1949, en especial:
— al Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales del 8 de junio de 1977 (Protocolo I);
— al Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados sin cardcter internacional del 8 de junio de 1977 (Protocolo II);
— a la Convención de 1980 sobre prohibiciones o limitaciones del empleo de ciertas armas convencionales y a sus tres Protocolos;
— a la Convention de 1954 sobre la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado»
- Type
- Seguimiento Dado a la Conferencia Internacional Para la Protección de las Víctimas de la Guerra
- Information
- Copyright
- Copyright © International Committee of the Red Cross 1994
References
1 Parte II, nº 4 de la Declaración Final de la Conferencia Intemacional para la Protección de las Víctimas de la Guerra, publicada en la Revista Internacional de la Cruz Roja (R1CR), nº 119, septiembre-octubre de 1993, pp. 398–402Google Scholar.
2 Estatutos del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, artículo 5 g).
3 Véase cuadro anexo, p. 479 — En la Revista se publican, con regularidad, las nuevas ratificaciones y adhesiones. V6ase también el informe de actividad anual del CICR.
4 Nota del ministro de Relaciones Exteriores de Lituania, del 10 de octubre de 1990.
5 Véase anexo.
6 Véase: «Agora — The U.S. Decision not to Ratify Protocol I to the Geneva Conventions on the Protection of War Victims» (La decisión de Estados Unidos de no ratificar el Procotolo I adicional a los Convenios de Ginebra para la Protección de las Víctimas de la Guerra), American Journal of Internacional Law, 81 (1987), pp. 910–925Google Scholar, así como 82 (1988), pp. 784–786 y 83 (1989), pp. 345–347.
7 Resolución 47/30 del 25 de noviembre de 1992: «Estado de los Protocolos adicionales a los Convenios de Ginebra de 1949 relativos a la protección de las víctimas de los conflictos armados».
8 Resolución 48/30 del 9 de diciembre de 1993: «Decenio de las Naciones Unidas para el derecho internacional».
9 Véase, por ejemplo, la Resolución del Consejo de Ministros de la Organización de la Unidad Africana (1994), la Resolución 991 (1992) relativa a las actividades del Comité Internacional de la Cruz Roja (1989–1991), aprobada por la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa o la Resolución de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (1994).
10 Véase, por ejemplo, la Resolución aprobada por la 90 Conferencia Interparlamentaria (1993) titulada: «Respeto debido al derecho internacional humanitario y apoyo a la acción humanitaria en los conflictos armados».
11 Véase anexo.
12 Véase nota 7.
13 Véase anexo.
14 Protocolo I: sobre fragmentos no localizables; Protocolo II: sobre las minas, armas trampa y otros artefactos; Protocolo III: sobre las armas incendiarias.
15 El 12 de mayo de 1994, el presidente de Estados Unidos propuso al Senado que ratifique la Convención y sus Protocolos I y II.
16 Véase, sobre el particular, el informe del CICR de febrero de 1994, en RICR, nº 122, marzo-abril de 1994, pp. 127 y ss., especialmente pp. 131 y sGoogle Scholar.
17 Y su Protocolo de la misma fecha.
18 Véase anexo.
19 Véase también artículo 53 del Protocolo I, titulado Protección de los bienes culturales y de los lugares de culto.