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Published online by Cambridge University Press: 29 January 2010
Tras la decepción generalizada que causó la aprobación, en 1996, de las modestas modificaciones del Protocolo II relativo a las minas terrestres de la Convención de las Naciones Unidas de 1980 sobre Ciertas Armas Convencionales (CAC), cabe abrigar esperanzas de que este año se apruebe y se firme un nuevo tratado internacional, por el que se prohPíban la producción, la exportación, la transferencia y el empleo de las minas terrestres antipersonal. Aunque en un comienzo el apoyo a dicho tratado no sea universal, su existencia permitirá establecer una norma jurídica internacional de peso y continuar allanando el camino hacia el objetivo que persigue el CICR: acabar con el flagelo de las minas terrestres.